Qué horario es nocturno
El artículo 10 de la Ley 2466 de 2025 modificó el artículo 160 del CST: el trabajo nocturno es el que se realiza entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. La nueva franja rige desde el 25 de diciembre de 2025; antes empezaba a las 9:00 p. m.
Recargo
Cada hora nocturna ordinaria se paga con un recargo del 35 % sobre la hora diurna. Si además es domingo o festivo, se suman ambos recargos: 35 % + 90 % = 125 % entre julio de 2026 y junio de 2027.
Ejemplo
Con salario mínimo y divisor 210, una hora nocturna ordinaria vale $11.256 y una hora nocturna en festivo $18.760.
Calcule combinaciones de horas en la calculadora de recargo festivo.
