Trabajo nocturno en Colombia

Desde el 25 de diciembre de 2025 el trabajo nocturno en Colombia va de 7 p. m. a 6 a. m. Recargo del 35 %, combinación con domingos y festivos y ejemplos.

Ilustración de una ciudad de noche con ventanas iluminadas y la franja nocturna de 7 p. m. a 6 a. m.

Qué horario es nocturno

El artículo 10 de la Ley 2466 de 2025 modificó el artículo 160 del CST: el trabajo nocturno es el que se realiza entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. La nueva franja rige desde el 25 de diciembre de 2025; antes empezaba a las 9:00 p. m.

Recargo

Cada hora nocturna ordinaria se paga con un recargo del 35 % sobre la hora diurna. Si además es domingo o festivo, se suman ambos recargos: 35 % + 90 % = 125 % entre julio de 2026 y junio de 2027.

Ejemplo

Con salario mínimo y divisor 210, una hora nocturna ordinaria vale $11.256 y una hora nocturna en festivo $18.760.

Calcule combinaciones de horas en la calculadora de recargo festivo.

Herramientas relacionadas

Referencias: Ley 51 de 1983, Ley 2578 de 2026, Código Sustantivo del Trabajo (arts. 177 y 179), Ley 2466 de 2025, Ley 2101 de 2021. Fechas contrastadas con dos fuentes independientes. Metodología · Última revisión: . Información de referencia; no constituye asesoría jurídica.